El Defensor del Pueblo solicita al Gobierno que preste atención sanitaria a inmigrantes en situación irregular

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La Institución del Defensor del Pueblo decidió el 20 de julio no interponer recurso de inconstitucionalidad contra el Real Decreto Ley 16/2012, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones.

La Defensoría analizó detenidamente las peticiones de recurso recibidas pero no encontró fundamentos jurídicos suficientes para llevar ante el Tribunal Constitucional el Real Decreto aprobado el 20 de abril.

No obstante, la entonces Defensora del Pueblo en funciones, María Luisa Cava de Llano, firmó cinco recomendaciones dirigidas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

En dichas recomendaciones, la Defensoría le pide a Sanidad que se produzca el acceso efectivo a la protección de la salud para colectivos en situación vulnerable; que las personas con padecimientos graves reciban una atención adecuada; que se mantenga la gratuidad del transporte sanitario no urgente para pacientes con tratamientos periódicos y de larga duración; que se revise el sistema de fijación de precios de fármacos; y que se elabore una nueva regulación en materia de prescripción de medicamentos para indicaciones diferentes a las autorizadas.

Recomendaciones dirigidas a Sanidad
1°. Que se garantice el acceso efectivo a la protección de la salud para colectivos en situación vulnerable que han quedado excluidos del concepto de asegurado o beneficiario. Esta recomendación persigue asegurar la coherencia global del Sistema Nacional de Salud y que las administraciones públicas cumplan con su obligación en materia de protección de salud pública.

2°. Que se habilite la adecuada atención de aquellas personas con padecimientos graves. Con esta recomendación se busca evitar la posible responsabilidad de España por el incumplimiento de obligaciones internacionales, entre otras, las derivadas del Convenio Europeo de Derechos Humanos, la Carta de derechos fundamentales de la DE y otros instrumentos que establecen obligaciones positivas.

3°. Que se mantenga la gratuidad del transporte sanitario no urgente para pacientes crónicos. Se insta al Ministerio a que se coordine con las autoridades competentes en materia de Asuntos Sociales, para que entre todos asuman la totalidad del coste del transporte sanitario no urgente para pacientes con insuficiencia de medios económicos y sometidos a tratamientos periódicos y de larga duración que necesitan frecuentes desplazamientos a centros hospitalarios en medios de transporte sanitario.

4°. Que se valore la necesidad de revisar el nuevo sistema de fijación de precios para medicamentos financiados. La nueva regulación contenida en el Real Decreto Ley 16/2012 permite comercializar un medicamento a precio libre mientras se decide el precio de financiación. En la práctica, ello supone que todos los medicamentos innovadores, así como las últimas alternativas para las enfermedades más graves solo serían accesibles a quienes tengan mayores recursos para pagarse íntegramente el tratamiento, una situación que podría ser contraria al principio de equidad.

5°. Que se valore la posibilidad de elaborar una nueva regulación en materia de prescripción de medicamentos para indicaciones diferentes a las autorizadas. En opinión del Defensor del Pueblo, abrir esta vía con carácter general podría suponer que en la práctica, se investigue con pacientes en indicaciones que no han sido suficientemente evaluadas y que carecen, por tanto, de las garantías éticas y legales de los adecuados ensayos clínicos.

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